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Separación iglesia-Estado y libertad de culto: ¿por qué no son lo mismo?

  • Writer: El Vigia
    El Vigia
  • May 25
  • 2 min read

En momentos en que surgen controversias sobre la asignación de fondos públicos a escuelas religiosas en Estados Unidos, resurgen también los malentendidos comunes entre dos conceptos fundamentales en el derecho constitucional: la libertad de culto y la separación entre iglesia y Estado.



Durante el segmento legal del programa radial Aquí Estamos, transmitido por WPAB 550 AM, el licenciado Octavio Capó ofreció una explicación clara y puntual sobre esta distinción crítica, destacando su importancia tanto a nivel judicial como ciudadano.

“Muchos piensan que es lo mismo, pero no lo es. La separación entre iglesia y Estado significa que el gobierno no puede adoptar ni oficializar una religión como la del Estado. En cambio, la libertad de culto garantiza el derecho individual de cada persona a practicar, o no practicar, la religión que desee”, explicó Capó.

La aclaración surge en medio de una disputa legal entre una escuela católica y el gobierno de Oklahoma. El Estado se negó a permitir que dicha institución participara en un programa de fondos para escuelas charter, alegando su afiliación religiosa. La controversia llegó hasta el Tribunal Supremo de Estados Unidos, que recientemente dejó en vigor la decisión estatal tras un empate 4-4.

“El punto clave es que el gobierno no puede discriminar en contra de una institución simplemente porque tiene una afiliación religiosa. Negarle fondos públicos por esa razón podría violar el derecho a la libertad de culto”, añadió el abogado ponceño.

Capó señaló que esta tensión entre neutralidad estatal y libre ejercicio de la religión seguirá siendo tema de debate. Recordó que la Constitución federal, a través de la Primera Enmienda, protege ambas dimensiones: impide la imposición de una religión oficial y defiende el derecho a profesar cualquier fe sin represalias.

“El error está en pensar que proteger la separación entre iglesia y Estado significa excluir a las entidades religiosas de toda participación pública. No es así. Si una organización religiosa cumple con los requisitos legales de cualquier otra entidad, no debe ser penalizada por su fe”, concluyó.

Esta conversación, más allá de los tribunales, apunta a una necesidad urgente: que tanto ciudadanos como funcionarios públicos comprendan las sutilezas legales que sostienen la democracia y los derechos civiles en la nación.

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